Con fundamento en los dispuesto por el artículo 27, fracción XII de la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, así como en la Ley de Entrega Recepción para el Estado de Chihuahua, el Órgano Interno de Control es competente para intervenir en los actos de entrega-recepción de las y los servidores públicos del Tribunal.