El Órgano Interno de Control, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, tiene las siguientes atribuciones:
Prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos del Tribunal y de particulares vinculados con faltas graves y no graves;
para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del propio Tribunal, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos, así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Verificar que el ejercicio del gasto del Tribunal se realice conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y los montos autorizados.
Presentar al Pleno los informes de las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes del Tribunal.
Revisar que las operaciones presupuestales que realice el Tribunal, se hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables y, en su caso, determinar las desviaciones de las mismas y las causas que les dieron origen.
Promover ante las instancias correspondientes, las acciones administrativas y legales que se deriven de los resultados de las auditorías.
Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos del Tribunal.
Evaluar los informes de avance de la gestión financiera respecto de los programas autorizados y los relativos a procesos concluidos.
Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza administrativa, contenidos en el presupuesto de egresos del Tribunal, empleando la metodología que determine.
Recibir denuncias conforme a las leyes aplicables.
Solicitar la información y efectuar visitas a las áreas y órganos del Tribunal para el cumplimento de sus funciones.
Recibir, tramitar y resolver las inconformidades, procedimientos y recursos administrativos que se promuevan en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado, de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma, y sus Reglamentos.
Intervenir en los actos de entrega-recepción de las y los servidores públicos de Tribunal de mandos medios y superiores, en los términos de la normatividad aplicable.
Participar en los comités y subcomités de los que el Órgano Interno de Control forme parte e intervenir en los actos que se deriven de los mismos.
Atender las solicitudes de los diferentes órganos del Tribunal en los asuntos de su competencia.
Proponer los proyectos de modificación o actualización de su estructura orgánica o sus recursos.
Formular el anteproyecto de presupuesto del Órgano Interno de Control.
Presentar al Pleno los informes previo y anual de resultados de su gestión, así como comparecer ante el mismo cuando así lo requiera la persona titular de la Presidencia.
Presentar al Pleno los informes respecto de los expedientes relativos a las faltas administrativas y, en su caso, sobre la imposición de sanciones en materia de responsabilidades administrativas.
Inscribir y mantener actualizada la información correspondiente del Sistema de Evolución Patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal de las y los servidores públicos del Tribunal, en coordinación con la Secretaría responsable del Control Interno del Ejecutivo de conformidad con la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.